Calculadora de utilidades (PTU)
Calcula cuánto te toca del reparto de utilidades según los días que trabajaste y el salario que percibiste en el año, con las dos mitades desglosadas.
Si la rellenas, el repartible se calcula como utilidad × % de PTU.
10% de la renta gravable (art. 123 constitucional y art. 117 LFT).
El 10% de la utilidad fiscal que la empresa destina al reparto. Se rellena solo si escribes la utilidad fiscal arriba, o escríbelo a mano.
Suma de los salarios de todo el personal con derecho al reparto.
Tu PTU estimada
—
Introduce el monto y los totales
Cómo usar esta herramienta
- Escribe el monto repartible de PTU, es decir, el 10% de la utilidad que la empresa destina al reparto.
- Indica tus días trabajados y tu salario percibido durante el ejercicio.
- Introduce los totales de la empresa: la suma de días y la suma de salarios de todo el personal con derecho.
- El resultado muestra tu PTU total y cuánto viene de la mitad por días y de la mitad por salario.
Por qué usar esta calculadora
Reparte el monto en las dos mitades que marca la ley en lugar de aplicar un solo porcentaje, que es donde fallan las cuentas rápidas. Ves por separado cuánto sale de los días trabajados y cuánto del salario, así puedes contrastar cada parte con lo que te pagaron. El cálculo ocurre en tu navegador y tus cifras no se envían a ningún servidor. También te ayuda a entender por qué dos compañeros con el mismo puesto pueden recibir un reparto distinto y a comparar el pago de utilidades con lo que aparece en tu recibo de nómina.
Cuándo usar esta herramienta
- Recibiste el pago de utilidades en mayo y quieres comprobar si la cantidad cuadra.
- Entraste o saliste a mitad de año y solo trabajaste una parte del ejercicio.
- Tu salario cambió durante el año y quieres estimar cómo afecta tu reparto.
- Llevas la administración de una empresa y necesitas simular el reparto entre el personal.
- Eres personal de confianza y quieres estimar tu reparto considerando el tope que marca la ley.
Cómo se calcula
El reparto de utilidades toma el 10% de la utilidad fiscal del ejercicio y lo divide en dos mitades iguales. La primera mitad se reparte en proporción a los días trabajados por cada persona durante el año. La segunda mitad se reparte en proporción al salario percibido. Por eso quien trabajó más días recibe más de la primera mitad, y quien ganó más recibe más de la segunda. Los totales de la empresa (suma de días y suma de salarios de todo el personal con derecho) son propios de cada centro de trabajo, por eso se introducen a mano.
Fuente
Ley Federal del Trabajo, artículos 117 a 131 — regula la participación de los trabajadores en las utilidades: el 10% de la renta gravable determinado por la Comisión Nacional, repartido en dos partes iguales por días trabajados y por salarios devengados.
Última actualización:
Mitad por días = (PTU repartible ÷ 2) × (mis días ÷ total días)
Mitad por salario = (PTU repartible ÷ 2) × (mi salario ÷ total salario)
Mi PTU = mitad por días + mitad por salario Ejemplo
Mitad por días: 250.000 × (250 ÷ 5.000) = 12.500
Mitad por salario: 250.000 × (120.000 ÷ 3.000.000) = 10.000
Tu PTU: 22.500 MXN
Preguntas frecuentes
¿Cuánto me toca de utilidades por un año trabajado?
¿Cuánto de PTU corresponde si trabajé solo seis meses?
¿Cuándo se pagan las utilidades en México?
¿Hay un tope para lo que puedo recibir de PTU?
¿Quiénes no tienen derecho al reparto de utilidades?
¿Cómo se calcula el reparto de utilidades?
¿La PTU paga ISR?
¿Los trabajadores de confianza reciben utilidades?
¿Qué pasa con las utilidades que no se cobran?
Aviso legal
El resultado es una estimación del reparto bruto y depende de que los totales de días y salarios de la empresa sean correctos. No incluye la retención de ISR ni la parte exenta que marca la ley fiscal. Desde la reforma de 2021, la PTU individual tiene un tope legal (el equivalente a tres meses de salario o el promedio de la PTU recibida en los últimos tres años, lo que resulte más favorable, artículo 127 fracción VIII de la LFT), que esta herramienta no aplica porque depende de tu historial. No todos los trabajadores tienen derecho al reparto ni todas las empresas están obligadas. Verifica tu caso con tu área de recursos humanos, la Profedet o un contador antes de reclamar.
Se calcula en tu navegador
Todos los cálculos se realizan en tu navegador. No enviamos, guardamos ni compartimos los datos que introduces.
Fuentes y última actualización
- Ley Federal del Trabajo, artículos 117 a 131
- Ley Federal del Trabajo, arts. 117–131 — reparto de utilidades (PTU)
- Constitución, art. 123 A-IX — 10% de la renta gravable
Datos verificados por última vez el . Las cifras que cambian con el tiempo son editables en la herramienta: confirma siempre el valor vigente con la fuente oficial.
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