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Actualización de la pensión de alimentos con el IPC

Calcula la pensión de alimentos actualizada aplicando la variación del IPC del año, tal como suele establecer la sentencia o el convenio regulador.

Editable. Precargado con la última variación interanual del IPC general (3,6% de julio de 2026, INE) como referencia. Cámbialo por el porcentaje exacto del periodo y el mes que fije tu sentencia; puede ser negativo (por ejemplo, -0,5). Consúltalo en el INE.

Pensión actualizada

Escribe la pensión y el IPC

La pensión de alimentos se revisa normalmente una vez al año aplicando la variación del IPC que publica el INE. La cuantía nueva es la pensión actual multiplicada por uno más ese porcentaje. Con una variación del 3%, una pensión de 300 € pasa a 309 €. El campo del IPC viene precargado con la última variación interanual publicada por el INE como referencia, pero es editable: pon el porcentaje del periodo y el mes que fije tu sentencia.

Cómo usar esta herramienta

  1. Escribe la pensión mensual actual, la que vienes pagando o cobrando.
  2. Introduce la variación del IPC del periodo de revisión, en porcentaje (consúltala en el INE).
  3. El resultado muestra la pensión actualizada y cuánto sube al mes.
  4. Si el IPC del periodo fue negativo, escríbelo con signo menos y la pensión bajará.

Por qué usar esta calculadora

Hace exactamente lo que la mayoría de sentencias ordenan: revisar la pensión con la variación del IPC, ni más ni menos. El dato del IPC viene precargado con la última variación interanual del INE para que funcione al momento, pero es editable: lo cambias por el porcentaje concreto del periodo de tu sentencia y evitas arrastrar una cifra que no sea la tuya. Muestra el aumento en euros al mes, que es lo que de verdad se quiere saber, y calcula en tu navegador sin guardar nada.

Cuándo usar esta herramienta

  • Llega la fecha anual de revisión que fija tu sentencia o convenio regulador.
  • Quieres comprobar si la actualización que te reclaman o que has aplicado es correcta.
  • Necesitas saber cuánto sube la pensión con el IPC del último año antes de pagarla.
  • Vas a proponer la actualización a la otra parte y quieres llevar el número exacto.

Cómo se calcula

La mayoría de las sentencias de divorcio y los convenios reguladores establecen que la pensión de alimentos se actualiza cada año según la variación del Índice de Precios de Consumo (IPC) que publica el INE, en la fecha que indique la resolución. La cuantía nueva se obtiene aplicando ese porcentaje a la pensión vigente: se multiplica por uno más la variación en tanto por uno. Esta herramienta hace ese cálculo con el porcentaje que tú consultes; no descarga la serie del IPC, porque cada revisión usa el periodo y el índice concretos que fije tu sentencia.

Fuente

INE — Instituto Nacional de Estadística — el INE publica el IPC y ofrece un calculador oficial de "Actualización de rentas" con la variación entre dos fechas. El campo viene precargado con la última variación interanual del IPC general (3,6% de julio de 2026) como referencia editable; usa el porcentaje del periodo y el mes que fije tu sentencia o convenio.

Última actualización:

Pensión actualizada = pensión actual × (1 + variación IPC ÷ 100) Aumento = pensión actualizada − pensión actual Ejemplo con IPC +3%: 300 € × (1 + 0,03) = 309 €

Ejemplo

Pensión actual de 350 € al mes y una variación del IPC del 3,5%:
350 × (1 + 0,035) = 362,25 €
El aumento es de 12,25 € al mes.

Preguntas frecuentes

¿Cada cuánto se actualiza la pensión de alimentos?
Lo habitual es una vez al año, en la fecha que indique la sentencia o el convenio regulador, aplicando la variación del IPC del periodo que corresponda. Si tu resolución fija otra periodicidad u otro índice, prevalece lo que diga tu resolución.
¿La actualización es automática o hay que pedirla?
Suele estar prevista en la sentencia, de modo que corresponde aplicarla aunque la otra parte no la reclame. En la práctica conviene comunicarla por escrito y, si hay desacuerdo, puede reclamarse dentro de los plazos legales.
¿Qué pasa si el IPC del año fue negativo?
Si la variación del IPC es negativa, la pensión bajaría en esa misma proporción, salvo que tu sentencia establezca que solo se revisa al alza. Puedes introducir el porcentaje con signo menos para ver el efecto.
¿Qué dato del IPC tengo que usar?
El que indique tu sentencia; lo más frecuente es la variación interanual del IPC general publicada por el INE en el mes de referencia. El propio INE ofrece un calculador de la variación entre dos fechas que te da ese porcentaje.
Llevo varios años sin actualizar la pensión, ¿cómo lo hago?
La forma más precisa es usar el calculador de "Actualización de rentas" del INE con la fecha de la última cuantía y la fecha actual: te da la variación acumulada del periodo completo, que aplicas de una vez. Aplicar año a año varias revisiones seguidas no da lo mismo que una sola con la variación total, porque cada año parte de la cuantía ya actualizada. Introduce en la herramienta ese porcentaje acumulado del INE.
¿Se puede actualizar la pensión con un índice distinto al IPC?
Sí, si tu sentencia o convenio regulador lo establece. Aunque lo más habitual es el IPC general del INE, algunas resoluciones fijan otro índice de referencia o una fórmula concreta. En ese caso debes usar el que indique tu resolución; esta herramienta solo aplica el porcentaje que introduzcas, sea cual sea su origen.
¿La pensión de alimentos tributa en el IRPF del hijo que la recibe?
Las anualidades por alimentos a favor de los hijos fijadas por decisión judicial tienen un tratamiento propio en el IRPF y para el hijo que las percibe suelen estar exentas. Actualizar la cuantía con el IPC no cambia ese régimen fiscal. Como el tratamiento difiere según sea una pensión para los hijos o una compensatoria para el excónyuge, conviene confirmarlo con un asesor.
¿Qué diferencia hay entre la pensión de alimentos y la pensión compensatoria?
La pensión de alimentos cubre las necesidades de los hijos, mientras que la pensión compensatoria busca corregir el desequilibrio económico entre los excónyuges tras la ruptura. Son conceptos distintos, aunque ambos suelen actualizarse con el IPC cuando la sentencia lo prevé. Esta calculadora sirve para actualizar cualquiera de las dos aplicando el porcentaje que introduzcas.

Aviso legal

Esta herramienta aplica la variación del IPC que tú introduces a la pensión que indicas; no interpreta tu sentencia. La forma exacta de actualizar (índice concreto, mes de referencia, fecha de efectos y si procede o no la revisión) la determina tu convenio regulador o la resolución judicial, y puede diferir de este cálculo genérico. Confirma el porcentaje en el INE y, ante cualquier duda sobre cómo o cuándo aplicar la actualización, consulta con tu abogado.

Se calcula en tu navegador

Todos los cálculos se realizan en tu navegador. No enviamos, guardamos ni compartimos los datos que introduces.

Fuentes y última actualización

Datos verificados por última vez el . Las cifras que cambian con el tiempo son editables en la herramienta: confirma siempre el valor vigente con la fuente oficial.

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